En un entorno económico cada vez más globalizado, muchas empresas realizan operaciones con partes relacionadas, tanto nacionales como extranjeras. Estas operaciones deben cumplir con ciertas reglas para evitar la manipulación de utilidades y asegurar el pago correcto de impuestos. En México, este tema se regula principalmente en la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR) bajo el concepto de Precios de Transferencia.
¿Qué son los precios de transferencia?
Los precios de transferencia son los valores asignados a las operaciones comerciales o financieras entre partes relacionadas. Estas operaciones pueden incluir:
- Compra y venta de bienes
- Prestación de servicios
- Otorgamiento de préstamos
- Cesión o uso de intangibles
El principio rector es que estas operaciones deben valuarse como si se realizaran entre partes independientes en condiciones comparables, lo que se conoce como el Principio de Plena Competencia (artículo 179 de la LISR).
Fundamento legal en México
La regulación sobre precios de transferencia en México se encuentra en los artículos 179 a 180 de la LISR, y contempla los siguientes aspectos clave:
- Las operaciones deben valuar conforme a uno de los cinco métodos establecidos en el artículo 180.
- Se debe realizar un análisis funcional y económico de las partes involucradas.
- La documentación soporte debe conservarse y estar disponible para la autoridad.
Además, el artículo 76, fracción IX, establece la obligación para las personas morales de contar con documentación comprobatoria que demuestre que las operaciones con partes relacionadas se realizaron conforme a precios de mercado.
En el caso de contribuyentes que superen ciertos umbrales de ingresos o activos, se aplican además las obligaciones del artículo 76-A, que incluyen la presentación de las declaraciones informativas:
- Declaración Informativa Local
- Declaración Informativa Maestra
- Declaración País por País
Consecuencias del incumplimiento
Cuando la autoridad detecta que las operaciones entre partes relacionadas no cumplen con el principio de plena competencia, puede realizar ajustes fiscales que incrementen la base gravable del contribuyente. Esto puede resultar en:
- Determinación de créditos fiscales
- Multas y recargos conforme al Código Fiscal de la Federación
- Riesgo de doble tributación en operaciones internacionales
Consideraciones clave para los contribuyentes
- No es opcional: Tener un estudio de precios de transferencia es obligatorio si se realizan operaciones con partes relacionadas, incluso si solo son nacionales, cuando se superan ciertos umbrales.
- Debe actualizarse anualmente: Especialmente si cambian las condiciones económicas o las funciones de las partes.
- Es parte del cumplimiento fiscal: No contar con este estudio puede implicar sanciones y ajustes por parte del SAT.
- Debe sustentarse técnicamente: Incluir comparables, justificación del método aplicado y análisis económico.
Recomendación
Toda empresa que realice operaciones con partes relacionadas debe asesorarse con expertos en la materia y preparar con antelación su documentación de precios de transferencia. La responsabilidad no se limita a empresas multinacionales; incluso operaciones entre socios, empresas familiares o grupos de empresas nacionales pueden estar sujetas a revisión.
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