Cuando iniciamos con el desarrollo de una actividad económica en México, las leyes fiscales nos obligan a inscribirnos en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) y cumplir nuestras obligaciones fiscales, para esto es necesario que definamos si los ingresos que vamos a percibir serán como persona física o como persona moral ya que cada caso tiene requisitos y un trato fiscal diferente.
Persona Física
Es una persona con la posibilidad de adquirir derechos y además contraer obligaciones, así que, partiendo de esto, los regímenes fiscales se clasifican de acuerdo con sus actividades e ingresos, los cuales definimos a continuación:
- Régimen Simplificado de Confianza
- Sueldos y salarios
- Régimen de Actividades Empresariales y Profesionales
- Régimen de Actividades Empresariales con ingresos a través de Plataformas Tecnológicas
- Régimen de Arrendamiento
Régimen Simplificado de Confianza
Está dirigido a contribuyentes personas físicas que perciben ingresos anuales menores a 3.5 millones de ingresos anuales los cuales son percibidos por actividades empresariales, profesionales u otorguen el uso o goce temporal de bienes, el objetivo de este nuevo régimen es la reducción de las tasas en el Impuesto Sobre la Renta, las cuales oscilan entre el 1 y el 2.5% de sus ingresos, cabe mencionar que los trabajadores asalariados no podrán tributar dentro de este régimen.
Régimen de Sueldos y Salarios
Son personas contratadas por uno o varios empleadores, los cuales tienen una serie de actividades asignadas durante una jornada laboral y a cambio se les paga una cantidad de dinero de manera periódica y previamente acordada por el trabajador y patrón.
Régimen de Actividades Empresariales y Profesionales
Son aquellas personas que realizan actividades empresariales comerciales, industriales, de transporte, agrícolas, ganaderas de pesca o silvícolas, sin importar el monto de los ingresos percibidos, algunos ejemplos son: restaurantes, escuelas, farmacias. Por otro lado, en este regimen también pueden tributar las personas físicas que obtengan ingresos por prestar servicios profesionales de manera independiente a empresas, dependencias o a personas físicas en general, por ejemplo: abogados, contadores, arquitectos, médicos, ingenieros, entre otros.
Régimen de Actividades Empresariales con ingresos a través de Plataformas Tecnológicas
Todas las personas físicas que presten servicios, vendan productos o permitan uso de bienes a través de aplicaciones o plataformas tecnológicas, por ejemplo: Uber, Rappi, Uber Eats, Airbnb, entre otras; tienen la facilidad de elegir una de las dos modalidades que ofrece este regimen, la primera consiste en pagar ISR e IVA mediante las retenciones que la plataforma hace directamente al contribuyente, las cuales se consideraran como un pago definitivo de sus obligaciones fiscales, sin embargo, el contribuyente no podrá tener ingresos mayores a 300 mil pesos anuales y no podrá aplicar deducciones de ningún tipo; la segunda opción ofrece al contribuyente aplicar las retenciones a cuenta de un pago provisional, lo cual obliga a las personas físicas a hacer declaraciones mensuales por lo que en esta modalidad es posible aplicar gastos deducibles relacionados a su actividad económica, hacer declaraciones anuales y presentar declaraciones informativas de IVA.
Régimen de Arrendamiento
Es para aquellas personas que obtengan ingresos por otorgar en renta o alquiler de bienes inmuebles como son: casas habitación; departamentos habitacionales; edificios; locales comerciales, bodegas, entre otros.
Personas Morales
También se les conoce como “persona jurídica” y es la agrupación de personas físicas que se unen con un fin determinado y puede representar a una empresa o una asociación civil, por lo que también están obligados a elegir un regimen tributario de acuerdo a sus necesidades y de esta manera pagar los impuestos correspondientes.
Régimen Simplificado de Confianza para Personas Morales
En este esquema, las personas físicas que integren a la persona moral no pueden estar asociados a otras personas morales diferentes a la que va a tributar en este regimen y sus ingresos no podrán exceder de 35 millones de pesos anualmente, esta opción pretende que las empresas tengan mayor cantidad de efectivo para sus gastos inmediatos al otorgar una tasa de Impuesto Sobre la Renta acorde a sus ingresos. Una sociedad mercantil, una asociación civil, sociedad anónima, sociedad de responsabilidad limitada son ejemplos de este régimen.
Régimen General de Ley
Dentro de este régimen se encuentran las personas morales con fines lucrativos, es decir, que sus ingresos percibidos se obtienen a cambio de servicios o productos que venden, pero a diferencia del Regimen Simplificado de Confianza, no están limitadas a que los socios puedan constituir más una persona moral y tampoco se limita el monto de ingresos anuales. Aquí encontramos las sociedades mercantiles, cooperativas de producción, instituciones de crédito, etc.
Régimen con fines no lucrativos.
Este régimen es lo contrario al anterior, ya que es ente esquema entran las fundaciones o las asociaciones civiles que tienen como fin no recibir remuneraciones económicas y contribuyen con una mejora en el ámbito social, ambiental, educativo, etc.
Sociedad por Acciones Simplificada.
Este tipo de sociedad puede ser integrada por una sola persona física bajo su representación y tienen fines lucrativos, por lo que se vuelve una opción ideal para los que desean proteger su patrimonio, además de que el trámite de constitución para estas empresas es gratis, en línea y sin restricciones de horario.