El Impuesto al Valor Agregado en México, mejor conocido como IVA es un impuesto indirecto que grava el consumo de bienes y servicios.
Las personas físicas (individuos) y personas morales (empresas) se encuentran obligadas al pago de este impuesto cuando realicen en territorio nacional (México) la siguientes actividades de acuerdo con el articulo 1 de LIVA:
- Enajenen bienes
- Presten servicios independientes
- Otorguen el uso o goce temporal de bienes
- Importen bienes o servicios
El impuesto lo determinas multiplicando el 16% al valor del bien o servicio. Por ejemplo, si realizas la prestación de un servicio de desarrollo de software con un valor de $200,000 pesos, el IVA se determinara de la siguiente manera:
Valor de la prestación del servicio por desarrollo de software | 200,000 | |
( X ) | Tasa del 16% | 16% |
( = ) | IVA causado | 32,000 |
Es importante señalar que el IVA se causara en el momento del cobro, es decir si realizamos la facturación del servicio por desarrollo de software en Enero 2022 y recibimos el pago de dicha factura en Marzo de 2023, deberemos el IVA es trasladado en Marzo 2023.
De la misma manera los gastos que paguemos como pudieran ser licencias de software, internet, servicios telefónicos, etc que incluyan IVA podremos acreditarlo y entregar únicamente la diferencia al Servicio de Administracion Tributaria (SAT).
Es decir, supongamos que en el mes de Marzo 2022 realizamos el pago de diferentes servicios los cuales incluyen IVA por un monto de 10,000 pesos, el calculo del IVA en Marzo 2022, seria el siguiente:
IVA Cobrado en la prestación de servicios en marzo 2022 | 32,000 | |
( – ) | IVA pagado en servicios recibidos en marzo 2022 | 10,000 |
( = ) | IVA por enterar al SAT correspondiente a marzo 2022 | 22,000 |
Dichos $22,000 pesos deberán ser entregados al SAT a mas tardar el día 17 de abril 2022 mediante medios electrónicos.
En algunas ocasiones los contribuyentes personas morales (empresas) deberán realizar retenciones de IVA a los contribuyentes personas físicas y otras personas morales, como por ejemplo, cuando:
- Reciban servicios profesionales independientes de una persona física (individuo)
- Gocen temporalmente bienes de individuo de una persona físicas (individuo)
- Adquieran desperdicios para ser utilizados como insumos de su actividad industrial
- Reciban servicios por comisionistas personas físicas (individuo)
- Reciban servicios de autotransporte terrestre de personas físicas y morales
El pago de dicha retención deberá realizarse a mas tardar el 17 del mes siguiente en la que se efectuó el pago del servicio.
En algunos casos el impuestos se calculara aplicando la tasa del 0%.
Como emprendedores o empresarios es importante que conozcamos la mecánica del calculo del IVA para evitar posibles contingencias con el SAT.